Secretaría Distrital de Integración Social

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Política pública de actividades sexuales pagadas

  • Decreto que la adopta: CONPES D.C 11 del 26 de diciembre del 2019.
  • Vigencia: 2020 al 2029.
  • Entidad/Instancia Rectora: Secretaria Distrital de la Mujer.
  • Conceptos Claves: actividad(es) sexual(es) pagada(s) (ASP), persona(s) que realiza(n) actividades sexuales pagadas, persona que paga por sexo, establecimientos de contacto y servicio para ASP, y género.
  • Enfoques: derecho, género, diferencial, territorial y ambiental.
  • Principios: corresponsabilidad, equidad de género, reconocimiento de las diferencias, respeto a la diferencia, progresividad y no regresividad.
  • Objetivo General de la Política: contribuir a la transformación de las condiciones políticas, culturales, sociales y económicas que restringen el goce efectivo de derechos de las personas que realizan actividades sexuales pagadas en el Distrito Capital

Documentos:  CONPES 11 Política Pública de Actividades Sexuales Pagadas