
• Dicha política hace parte de un acuerdo sindical y propone el desarrollo de acciones permanentes para implementar programas de asistencia y prevención del consumo de sustancias psicoactivas.
• Busca, además, articular dichas acciones con las orientaciones y directrices del nivel distrital y capacitar los niveles directivos, servidores públicos, y contratistas, con el fin de identificar y transformar patrones de consumo de este tipo de sustancias legales e ilegales.
• La Secretaría Distrital de Integración Social da a conocer la política institucional de prevención del consumo de sustancias psicoactivas legales (alcohol y tabaco) e ilegales, la cual debe ser conocida e implementada a partir de la fecha por los equipos de trabajo. Dar clic aquí para conocer el detalle de esta política.
Bogotá, D.C., mayo 2 de 2025. Con el fin de promover el desarrollo de capacidades y la toma asertiva de decisiones que garanticen ambientes laborales enriquecidos, Integración Social implementará una política de prevención del consumo de sustancias psicoactivas legales (alcohol, tabaco) e ilegales, por medio de diferentes planes y programas que se desarrollarán con trabajadores de la entidad.
Dicha política hace parte de un acuerdo sindical y propone el desarrollo de acciones permanentes para implementar programas de asistencia y prevención del consumo de sustancias psicoactivas. Busca, además, articular dichas acciones con las orientaciones y directrices del nivel distrital y capacitar los niveles directivos, servidores públicos, y contratistas, con el fin de identificar y transformar patrones de consumo de este tipo de sustancias legales e ilegales.
También se busca identificar y transformar los factores asociados a su uso, como lo son la accidentalidad, el ausentismo y el estrés ocupacional, por medio de acciones corresponsables, todo ello enmarcado en el ámbito laboral.
En consonancia con esta Política Distrital y bajo el marco de los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), la Secretaría Distrital de Integración Social da a conocer la política institucional de prevención del consumo de sustancias psicoactivas legales (alcohol y tabaco) e ilegales, la cual debe ser conocida e implementada a partir de la fecha por los equipos de trabajo. Dar clic aquí para conocer el detalle de esta política.
¿Bajo qué lineamientos legales se enmarca esta política?
El desarrollo de este compromiso se enmarca en la ley 1956 de 2008, a través de la cual se adoptan “medidas en relación con el consumo del cigarrillo o tabaco”; el Código Sustantivo del Trabajo que en su artículo 60 numeral 2 prohíbe: “Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes”.
Al respecto, la Corte Constitucional de la República de Colombia en la sentencia C-636 de 2016 resuelve “declarar EXEQUIBLE el numeral 2 del artículo 60 del Código Sustantivo de Trabajo, en el entendido que la prohibición allí contemplada sólo se configura cuando el consumo de alcohol, narcóticos o cualquier otra droga enervante afecte de manera directa el desempeño laboral del trabajador”.
La Ley 1566 de 2012, cuyo artículo 7 establece la necesidad de implementar por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y bajo el marco de los programas de Salud Ocupacional, el Proyecto Institucional Preventivo del consumo, abuso y adicción a las sustancias en el ámbito laboral.
La Ley 2354 de 2024 que regula el consumo, venta, publicidad y promoción de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina, Productos de Tabaco Calentado y Productos de Nicotina Oral o vapeadores.
Y finalmente lo establecido en la Política Pública de Prevención y Atención del Consumo y la Prevención de la Vinculación a la Oferta de Sustancias Psicoactivas en Bogotá, expedida mediante Decreto 691 de 2011, cuyo eje uno (1) apunta al “Fortalecimiento y/o Desarrollo de Potencialidades para la Vida” y en su línea estratégica cuatro (4) plantea la “Promoción de una Cultura Preventiva del consumo de alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas, en el ámbito laboral”.
La Secretaría Distrital de Integración Social promueve y divulga esta política, de acuerdo con los principios y disposiciones de la normativa vigente y su incumplimiento acarreará las sanciones de la ley.



