Secretaría Distrital de Integración Social

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Paso a paso para recibir atención en Comisarías de Familia del Distrito

 

  • Las personas pueden dirigirse a la Comisaría de Familia más cercana a su lugar de residencia, luego de revisar el directorio de direcciones dando clic (aquí).
  • De enero a diciembre de 2021, 155.619 personas recibieron atención a través de Comisarías de Familia.
  • Para conocer el paso a paso técnico de los procesos de atención, dar clic (aquí).

 

Bogotá, D.C., octubre 13 de 2022. Las Comisarías de Familia del Distrito cumplen funciones asignadas por la ley 2126 de 2021, con el fin de garantizar la protección y restablecimiento de los derechos de las víctimas de violencia en el contexto familiar, brindando atención a personas de especial protección constitucional, por esto, conocer el paso a paso para recibir atención es fundamental.   

De enero a agosto de 2022, 26.809 víctimas de violencia en el contexto familiar acudieron a las Comisarías de Familia en la ciudad. 

 

Paso a paso para recibir atención en Comisarías de Familia 

Primer nivel: Recepción inicial de usuarios 

  • Las personas pueden dirigirse a la Comisaría de Familia más cercana de su lugar de residencia, allí registrarán sus datos personales. Para conocer el directorio de Comisarías de Familia dar clic aquí.
  • Si el motivo de consulta no es competencia de las Comisarías de Familia, registrada la orden administrativa de solicitud del servicio, se realizará remisión a la instancia correspondiente.
  • Si el caso es competencia de la Comisaría de Familia, se remitirá al segundo nivel de atención.
  • Para conocer el detalle técnico de este primer nivel en cada una de sus acciones, dar clic aquí.

 

Segundo nivel: Evaluación inicial del caso 

  • El/la profesional indagará detalles sobre el motivo de consulta, de acuerdo con la situación expuesta por la persona. Si la situación tiene características de violencia en el contexto familiar, se aplicará el “instrumento de identificación preliminar de riesgo para la vida y la integridad por violencia al interior de las familias”, con el fin de orientar la petición de protección. 
  • Cuando la solicitud de servicio esté relacionada con un/a niño/a o adolescente, el/la profesional realizará la verificación de garantía de derechos informando su resultado al/la comisario/a de familia, a efecto de que se determine de forma inmediata la actuación necesaria para su garantía y/o restablecimiento. 
  • Identificado el asunto, se dará apertura a la orden administrativa correspondiente, registrándose en el SIRBE Comisarías de Familia y se informará a la persona sobre sus derechos, las acciones a seguir y procedimientos legales pertinentes. 
  • De ser necesario y conforme con el motivo de consulta y la información que sobre el mismo se amplíe, así como teniendo en cuenta la necesidad de la persona, deberá brindarse atención en crisis emocional tramitando las diligencias preliminares que se requieran dentro de la orden administrativa. 
  • Cuando por competencia territorial el caso de violencia intrafamiliar, maltrato infantil y/o delito sexual corresponda a otra Comisaría de Familia, se dará trámite a las medidas provisionales y/o de urgencia definidas por el/la comisario/a de familia, trasladando al/la secretario/a de despacho para las diligencias pertinentes.

 

Tercer Nivel: Intervención de caso  

  • El/la auxiliar de archivo hará entrega de los expedientes a cada profesional un (1) día antes de la audiencia, previo registro en el libro de control de expedientes con sus respectivos antecedentes y revisión física y del SIRBE. 
  • En este nivel se desarrollan cada una de las acciones de intervención puntuales que se apliquen para cada caso. Para conocer el detalle técnico de este tercer nivel en cada una de sus acciones, dar clic aquí.

 

Cuarto Nivel: Acciones de Seguimiento 

  • El/la auxiliar de archivo hará entrega de los expedientes al profesional de seguimiento un (1) día antes de la audiencia, previo registro en el libro de control de expedientes con sus respectivos antecedentes y revisión física y del SIRBE. 
  • El/la profesional encargado de la atención de la diligencia aplicará el “instructivo de desarrollo y cierre de seguimiento a Medidas de Protección”, que se aplica dentro de las órdenes administrativas de Medida de Protección, Restablecimiento de Derechos, Maltrato Infantil y Denuncia por presunto delito sexual. 
  • Al término de la intervención, cada profesional responsable de la misma deberá ingresar la respectiva información en el SIRBE, actualizar datos, foliar y anexar los documentos a que haya lugar, diligenciar la hoja de control de expedientes y devolver el expediente al/la auxiliar de archivo.

 

 

 

 

 

 

 

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