- Juventud: Política Pública
Micrositio de Juventud
¿Qué es?La Ruta de Oportunidades Juveniles es una apuesta del Distrito para garantizar a los jóvenes entre 14 y 28 años una capacidad de respuesta unificada, coordinada, diferencial en temas de identificación, salud, educación, empleo, emprendimiento, cultura, arte, deporte, recreación, rutas inmediatas en caso de vulneración de uno o más derechos.
RutaHaz clic sobre cada imagenSectores que hacen parte de la Ruta de Oportunidades Juveniles
Secretaría Distrital de Salud: http://www.saludcapital.gov.co/Paginas2/Inicio.aspx
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico: http://www.desarrolloeconomico.gov.co/ Secretaría de Educación del Distrito: https://www.educacionbogota.edu.co/es/ Secretaría Distrital de la Mujer: http://www.sdmujer.gov.co/ IDIPRON: http://www.idipron.gov.co/ Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia: https://scj.gov.co/es Secretaría Distrital de Gobierno: http://www.gobiernobogota.gov.co/ ICBF: https://www.icbf.gov.co/ IDRD: https://www.idrd.gov.co/ IDARTES: http://www.idartes.gov.co/es Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/ |
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• Decreto 482 “Por el cual se adopta la Política Pública de Juventud para Bogotá D.C. 2006-2016"
Decreto 482 “Por el cual se adopta la Política Pública de Juventud para Bogotá D.C. 2006-2016"Constituye la primera política de juventud del Distrito la cual tiene como propósito la promoción, protección, restitución y garantía de los derechos humanos de los y las jóvenes en función de su ejercicio efectivo, progresivo y sostenible, mediante la ampliación de las oportunidades y el fortalecimiento de las potencialidades individuales y colectivas. De igual forma, promoverá el desarrollo de la autonomía de la población joven y el ejercicio pleno de su ciudadanía mediante mecanismos de participación con decisión, teniendo como principio transversal la corresponsabilidad. Todo lo anterior, buscará la materialización de sus proyectos de vida en beneficio propio y de la sociedad.
• Acuerdo 264 de 2006 “Por el cual se crea la credencial Bogotá joven en el distrito y se dictan otras disposiciones"
Acuerdo 264 de 2006 “Por el cual se crea la credencial Bogotá joven en el distrito y se dictan otras disposiciones"Créase la Credencial Bogotá Joven como un instrumento de promoción y gestión de la Política Pública de Juventud del Distrito en los términos de la ley.
• Acuerdo 449 de 2010 “Por medio del cual se establece el programa caminos seguros al colegio como Política Distrital en Bogotá D.C“.
Acuerdo 449 de 2010 Por medio del cual se establece el programa caminos seguros al colegio como Política Distrital en Bogotá D.C.La Política Caminos Seguros al Colegio, tendrá como objetivo priorizar las condiciones de seguridad de los entornos escolares para los niños, niñas y adolescentes de la Capital. Mediante acciones que vinculen a la Autoridad de Policía, la participación activa de la comunidad educativa, la Comunidad circundante a los colegios, el mejoramiento de los entornos escolares y los recorridos peatonales en cuanto al espacio público, los servicios públicos, la infraestructura y señalización.
• Decreto 499 de 2011 “Por el cual se crea el Sistema Distrital de Juventud y se dictan otras disposiciones”
Decreto 499 de 2011 “Por el cual se crea el Sistema Distrital de Juventud y se dictan otras disposiciones”A través de este acto, se creó el Sistema Distrital de Juventud (SDJ) como una herramienta de articulación intersectorial de la Política Pública de Juventud, para fortalecer el proceso de implementación y propender por la progresiva materialización de los derechos de la población juvenil, allí estipulados. El Sistema Distrital de Juventud se entenderá como el conjunto de instancias y mecanismos que, a través de procesos de interacción social, dinámica y organizada entre los actores, garantizan la coordinación, interlocución, planeación, gestión, seguimiento y evaluación de la Política Pública de Juventud.
• Acuerdo 589 de 2015 “Por el cual se promueve la formulación del plan distrital para la inclusión social de los jóvenes con alto grado de emergencia social, grupos de violencia juvenil y otros jóvenes excluidos socialmente”
Acuerdo 589 de 2015 “Por el cual se promueve la formulación del plan distrital para la inclusión social de los jóvenes con alto grado de emergencia social, grupos de violencia juvenil y otros jóvenes excluidos socialmente”“Por el cual se ordena crear el Plan Distrital para la inclusión social de los jóvenes en alto grado de emergencia social, grupos de violencia juvenil y otros jóvenes excluidos socialmente, en los diferentes sectores socioeconómicos, en concordancia a lo establecido por la Ley 1577 de 2012 y las demás disposiciones legales que la adicionen o la modifiquen”.
• Acuerdo 645 de 2016 “Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 "Bogotá mejor para todos”
Acuerdo 645 de 2016 “por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 "Bogotá mejor para todos”“Por el cual se dicta la creación de Distrito Joven en el Primer Pilar: Igualdad de Calidad de Vida, con el propósito de fortalecer el desarrollo de capacidades y generación de oportunidades de los jóvenes para el ejercicio de su autonomía plena y el goce efectivo de la ciudadanía juvenil para un mejor fututo libre de múltiples violencias, discriminación y falta de oportunidades. Dentro del cual se contempla como uno de los componentes para su desarrollo la Política Pública de Juventud 2017-2027 para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía (civil, social, pública)”.
• Acuerdo Distrital 672 de 2017
Acuerdo Distrital 672 de 2017“Por el cual se establecen los lineamientos para la actualización de la Política de Juventud del Distrito Capital, se deroga el Acuerdo 159 de 2005, y se dictan otras disposiciones”
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• Estatuto de Ciudadanía Juvenil, Ley 1622 de 2013
Estatuto de Ciudadanía Juvenil, Ley 1622 de 2013“Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones”
Artículo 1°. El cual tiene por objeto establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país. • Ley Estatutaria 1885 de 2018
Ley Estatutaria 1885 de 2018“Por la cual se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones“
Articulo N. 1 Objeto. La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley 1622 de 2013, por medio de la cual se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, reglamentando lo concerniente al Sistema Nacional de Juventudes. Estructura del Sistema Distrital de JuventudLa participación de las juventudes cobra suprema importancia ya que su participación garantiza que el proceso de la PPJ involucre todas sus cosmovisiones, estéticas y narrativas para elaborar instrumentos de política costo efectivos, acordes a sus capacidades y necesidades actuales. El Sistema Distrital de Juventud (SDJ) (Decreto 499 de 2011) se consolida entonces como el lugar propicio para diseñar, implementar y fomentar dicha tarea, a través de los distintos, mecanismos, procesos, espacios, instancia y actores (ver gráfico). Proceso de participaciónEl esquema del proceso de participación juvenil para la construcción de la nueva política de juventud, involucra distintos actores, espacios e instancias en el marco de la dinámica social juvenil y del Sistema Distrital de Juventud. |
¿Qué son los diálogos jóvenes?
Son espacios presenciales y virtuales donde los jóvenes aportan sus ideas y propuestas sobre los temas que consideran importantes para el desarrollo de sus proyectos de vida, en el marco de la implementación de la nueva política pública de juventud 2019 – 2030. ¿En qué estamos? Actualmente nos encontramos en la implementación del Plan de Acción de la Política Pública de Juventud 2019-2030, el cual cuenta con 103 bienes y servicios destinados atender a los y las jóvenes de Bogotá |
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Redes Sociales JuventudContáctanos: 3134881464 Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
Conoce el documento CONPES D.C. 08 de la nueva Política Pública de Juventud 2019 – 2030
Ver Aquí el documento Marco Normativo ¿Por qué una Política Pública de Juventud 2019-2030?
La Política Pública de Juventud aprobada a través de CONPES No. 8, recoge las lecciones aprendidas en la implementación de la anterior política 2006-2016 que definió al joven como un sujeto de derechos. Esta apuesta por aportar a la ampliación de capacidades para que la población joven de la ciudad pueda ejercer plenamente su ciudadanía juvenil. Toda política pública es un instrumento que define una visión a largo plazo y trasciende las administraciones a partir de la temática del cambio a generar. En ese sentido, la vigencia de esta política coincide con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) los cuales contribuyen a superar la desigualdad económica, a fomentar la innovación, el consumo sostenible, la paz, entre otros, asuntos vitales que también los y las jóvenes de la ciudad coinciden en abordar. ¿Por qué los y las jóvenes somos importantes? Los jóvenes somos motores de cambio, representamos el 25,1% de población en Bogotá y somos cerca de 2 millones en la ciudad, el 49,85% mujeres y 50,15% hombres. Así mismo somos indígenas, afrocolombianos, raizales, ROM, gitanos, líderes (as) sociales y emprendedores (as) que desde nuestras distintas cosmovisiones, narrativas, creencias e identidades aportamos a la sociedad.
• ¿Qué se ha hecho?
Entre 2016 y 2019 se construyó la Política Pública de Juventud con un horizonte de 12 años, a través de procesos participativos e incluyentes con la ciudadanía y atendiendo a la articulación interinstitucional para construir la política pública, en ese sentido, se realizaron 1.035 diálogos virtuales y presenciales en las 20 localidades de Bogotá con una participación de 51.040 jóvenes durante el proceso.
Durante el año 2020, se realizaron espacios de socialización del Documento CONPES No. 8 D.C de Juventud, en los cuales han participado 1594 jóvenes. Asimismo, a corte del mes de abril del año 2021, se realizaron espacios de socialización en los que han participado 542 jóvenes. • Proceso de participación
A partir del marco normativo internacional, la Constitución Política Nacional y lo establecido por la Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil (Ley 16622/2013 y Ley 1885/2018) hasta la normativa del Distrito se diseñó e implementó una estrategia de participación para el proceso de formulación de la Política, la cual fue construida, desde el diseño de la metodología de diálogos participativos hasta la ejecución de los mismos, de manera colectiva con las y los jóvenes y los actores responsables y relevantes. El proceso de participación juvenil que se presenta, vislumbra el análisis del mapeo actores qué ante la ausencia de una instancia distrital mixta, llevó a la administración a coordinar con las organizaciones juveniles, entidades del orden nacional y distrital, instancias mixtas locales e institucionales que se integraron en el proceso de participación en todas las fases de formulación de la Política Pública de Juventud.
• Esquema Sistema Distrital de Juventud – SDJ
El Sistema Distrital de Juventud -SDJ Decreto 499 de 2011, está concebido como el instrumento de coordinación interinstitucional de la Política Pública de Juventud, con el objetivo de fortalecer la materialización de los derechos de la población juvenil. El SDJ se estructura a partir de tres componentes: Actores, Instancias y Mecanismos. En este sentido en el siguiente esquema se ven reflejadas las instancias de participación del Sistema se componen en: Institucionales, Mixtas y Juveniles y quienes hacen parte de estas instancias. Es importante señalar, que actualmente se está tramitando la propuesta de actualización del Sistema Distrital de Juventud, que ha contando con la participación de organizaciones juveniles, las plataformas de juventud, el observatorio de juventud de la Universidad Javeriana y de la Universidad Nacional, y Colombia Joven, con la finalidad de mejorar su funcionamiento y articulación. A través del proceso participativo se construyeron y concertaron siete (7) objetivos específicos de Política Pública de Juventud: Ser Joven, Educación, Inclusión Productiva, Salud Integral y Autocuidado, Cultura, Recreación y Deporte; Paz, Convivencia y Justicia; y Hábitat; treinta y seis (36) resultados esperados y ciento tres (103) bienes y servicios.
Sin embargo, en su primer año de implementación y en el marco de lo dispuesto en el acuerdo 761 por medio del cual se adopta el Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, en su articulo 138 sobre la actualización de las políticas públicas, la Subdirección para la Juventud, de la Secretaría Distrital de Integración Social, ha realizado el proceso correspondiente con las diferentes entidades del Distrito para la actualización de la Política Pública de Juventud 2019-2030, CONPES No. 8. Contando ahora con ciento ocho (108) productos de política que permitirán beneficiar a más jóvenes de la ciudad. En ese sentido, la identificación de los problemas durante la fase de Agenda Pública, corresponden a los asuntos de su principal interés para su desarrollo, determinando el objetivo de la política: “Ampliar las oportunidades individuales y colectivas de las juventudes para que puedan elegir lo que quieren ser y hacer hacia la construcción de proyectos de vida, que permitan el ejercicio pleno de su ciudadanía, que generen beneficio personal y de la sociedad, a través del mejoramiento del conjunto de acciones institucionales y el fortalecimiento de sus entornos relacionales: familiar, social, educativo, virtual y público.”. Estos objetivos específicos de Política pretenden cumplir con el propósito general de esta política, reconociendo la importancia de la participación incidente de las y los jóvenes en las decisiones públicas, así como la valoración de sus identidades y diferencias para el desarrollo de cada una de las dimensiones que componen la ciudadanía juvenil. • Enfoque Diferencial
La Subdirección para la Juventud, de acuerdo con lo dictado por la Política Pública Distrital de Juventud (PPDJ), contempla en su marco conceptual el enfoque diferencial para la identificación de las necesidades y características particulares de grupos poblacionales con el fin de potencializar acciones diferenciales, que materialicen el goce efectivo de sus derechos. El reconocimiento de las diferencias y la diversidad es el punto de partida para la implementación de la PPDJ para garantizar la igualdad, la equidad y la no discriminación. ¿Actualmente cómo vamos?
Estamos en el tercer año de implementación de la Política, para la vigencia del 2022. Se ha realizado un seguimiento trimestral a la ejecución de la política por parte de los distintos sectores de la administración distrital, de acuerdo al Plan de Acción Indicativo de la Política. Esto nos ha permitido identificar avances de cumplimiento, rezagos y opciones de mejora para los productos de la política. Es importante mencionar que en el año 2021 se realizó una actualización que agregó cuatro productos nuevos, dos a cargo de la Secretaría Distrital de Integración Social y los restantes corresponden a la Alta Consejería Distrital TIC. |
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