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Secretaría Distrital de Integración Social

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SIAC

Defensor de la Ciudadanía 2024

 

 Infografía: defensora de la ciudadanía de la Secretaría Distrital de Integración Social


 Multimedia 

Video: En Integración Social el objetivo es el Ser Humano

La Secretaría Distrital de Integración ofrece servicios sociales y promueve de forma articulada, la inclusión social.

Descargar guión del video

Galería de fotos de encuentros ciudadanos en las localidades de Bogotá

Secuencia de fotos de reuniones con la ciudadanía donde se expone y socializa la figura del defensor ciudadano, sus funciones, rutas de atención y mecanismos de acceso.


 Documentos de Gestión 

 


 
Documentos de Interés

Para promover efectivamente la protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas que hacen uso de los servicios prestados por esta Entidad, la administración distrital elaboró los siguientes documentos como insumo de consulta.


 

Registra tus peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias, solicitudes y felicitaciones

 

 

 

El Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas “Bogotá te Escucha” es una herramienta virtual por la cual usted podrá interponer quejas, reclamos, solicitudes de información, consultas, sugerencias, felicitaciones, denuncias por corrupción, que puedan afectar sus intereses o los de la comunidad, con el objeto de qué las entidades Distritales emitan una respuesta oportuna, o den inicio a una actuación administrativa según sea el caso.


¿Cómo interponer peticiones, quejas, reclamos y sugerencias - PQRS?

Video instructivo para interponer peticiones, quejas, reclamos y sugerencias

En la página web de la Secretaría Distrital de Integración Social puedes interponer una petición, queja, reclamo y sugerencia, a través del botón "Peticiones, quejas, reclamos y sugerencias" del menú "Atención ciudadana", donde hay información sobre el sistema distrital de peticiones ciudadanas: "Bogotá te escucha", que te dirige a una nueva ventana para diligenciar los campos de usuario y contraseña. Si es tu primera vez, selecciona la opción de usuario nuevo y diligencia los campos requeridos. Después se habilitará la opción para registrar la petición, queja, reclamo, solicitud o felicitación.

Descargar guión del video

Video instructivo para interponer peticiones, quejas, reclamos y sugerencias - Lenguaje de etnias

Video instructivo para interponer peticiones, quejas, reclamos y sugerencias - Lenguaje Dobida


Para hacer uso ingresa en el link disponible a continuación:

Estás a punto de ingresar a un sitio externo a la sede electrónica de la Secretaría Distrital de Integración Social, a partir de este momento es responsabilidad de Bogotá.gov.co el cumplimiento de las normas que regulan su relación. Cualquier solicitud asociada a dichos servicios deberá ser dirigida a Bogotá.gov.co

Definiciones:

Derecho de petición de interés general o particular

Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. 

 

Queja

Manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones.

 

Reclamo

Derecho a exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 

Sugerencia

Es una propuesta que se presenta para incidir o mejorar un proceso cuyo objeto está relacionado con la prestación de un servicio o el cumplimiento de una función pública.

 

Felicitación

Manifestación por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de un entidad pública.

 

Denuncias por posibles actos de corrupción

Dar a conocer una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación.

 

Solicitud de información

Cuando se requiere  copias de algún proceso que se esté adelantando en Comisaría de Familia o cuando quieren saber cuáles son los requisitos y documentación para el acceso a los servicios sociales. 

 

 

Tiempos de respuesta:

Peticiones  de niños,  niñas y  adolescentes 5 días hábiles
Petición de  interés  general 15 días hábiles
Petición de interés particular 15 días hábiles
Queja 15 días hábiles
Reclamo 15 días hábiles
Sugerencia 15 días hábiles
Denuncias por presuntos actos de corrupción 15 días hábiles 
Felicitación 15 días hábiles 
Solicitud de acceso a la información 10 días hábiles 
Solicitud de copia 10 días hábiles 
Consulta  30 días hábiles

Encuentre aquí: las respuestas de los derechos de
petición y actos administrativos



 

 
 

 Corte Agosto 08 de 2025

En esta sección puede encontrar la respuestas a las inquietudes que más se presentan por parte de la ciudadanía frente a los servicios de la entidad. 

 

Infancia

Migrantes

PreguntasRespuestas

¿Cómo migrante que ayudas puede brindarme SDIS?

El ciudadano migrante puede acercarse a la Subdirección Local para la Integración Social que sea más cercana a su ubicación, allí encontrará la oferta disponible según su necesidad, potencialidad o expectativa. Así mismo la SDIS cuenta con el Servicio para la Integración y los Derechos del Migrante, Refugiado y Retornado que opera en las localidades de Kennedy (Carrera 80#43-43 sur) Suba (Calle 153 #98a - 60) y Los Mártires (Carrera 22 # 22b-39)

.¿Cuál es el proceso para tramitar mi PPT como migrante? 

En la actualidad, la gestión del Permiso por Protección Temporal se encuentra limitada a personas menores de 18 años con el certificado que se encuentran escolarizados, en instituciones educativas avaladas por la secretaria Distrital de Educación. Preinscripción en el Registro Único de Migrantes y Visitantes (RUMV):Acceda a la página oficial de Migración. Localice la sección de preinscripción y complete los datos requeridos para el menor de edad, incluyendo información personal, datos del acta de nacimiento, cedula de identificación o pasaporte y otros detalles necesarios. Verifique cuidadosamente la precisión de la información antes de enviar la preinscripción.
Proceso Biométrico: Una vez completada la preinscripción, valide en la página oficial de Migración, los puntos visibles donde puede tomar la biometría. Diríjase al lugar designado para la toma de biometrías, se realizarán procedimientos biométricos para la captura de datos biométricos, como huellas dactilares y fotografías.
Espera de Aprobación o Rechazo del Documento: Después de completar la biometría, espere la revisión y evaluación por parte de las autoridades migratorias. Se le notificará sobre la aprobación o rechazo del permiso por protección temporal a través de los medios de contacto proporcionados durante la preinscripción.
Impresión del Documento: En caso de aprobación, una vez que el documento esté en estado impreso, se le notificará sobre la disponibilidad del mismo. Acceda a la página oficial del proceso de impresión y valide en qué punto de atención específico puede reclamar el documento impreso.
Validación y Recolección del Documento: Verifique en la página indicada el punto de atención específico para la recolección del documento impreso. Acuda personalmente al punto de atención con la documentación requerida para validar su identidad y recoger el Permiso por Protección Temporal.

¿Qué es la respuesta de ayuda humanitaria?

En el contexto de atención a emergencias sociales, la respuesta de ayuda humanitaria tiene como objetivo fortalecer la capacidad de autogestión de las personas que enfrentan dificultades para afrontar situaciones sociales inesperadas y/o transitorias. Estas situaciones pueden haber desestabilizado su entorno o reducido significativamente su capacidad de respuesta. La ayuda humanitaria, en este sentido, aporta un alivio inmediato y transitorio.

¿Quiénes pueden recibir ayuda humanitaria por parte del gobierno distrital?

Personas que mediante los procesos de identificación y caracterización que la SDIS implementa cumplen los criterios para la autorización de los beneficios que conforman la ayuda humanitaria.

¿Cómo puedo recibir ayuda humanitaria por parte de SDIS en Bogotá si soy migrante, refugiado/a o retornado/a?

Las personas migrantes pueden acudir de forma presencial a cualquiera de las 16 SLIS oa las unidades operativas dispuestas para su atención en las localidades de Kennedy (Carrera 80#43-43 sur) Suba (Calle 153 #98a - 60) y Los Mártires (Carrera 22 # 22b-39) donde a partir de los procesos de identificación y caracterización se hace la verificación de cumplimiento de criterios para la autorización de entrega de ayudas humanitarias

¿Cómo hago para devolverme a Venezuela?

La Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) ofrece, bajo ciertos criterios y disponibilidad de recursos, el beneficio de pasajes terrestres para personas que demuestren contar con redes de apoyo en otras ciudades. Es importante señalar que este apoyo está sujeto a la validación de criterios de ingreso y a posibles restricciones por motivos de seguridad. No obstante, la SDIS no hace parte de programas para el retorno seguro asistido a Venezuela

¿Cómo accedo a atención en salud si soy una persona migrante, refugiada o retornada?

En Bogotá D.C., para acceder a la afiliación al sistema de salud, las personas migrantes, refugiadas o retornadas requieren contar con un estatus migratorio regular. No obstante, la atención de urgencias es un derecho fundamental al que cualquier persona puede acceder, sin importar su estatus migratorio, en todos los hospitales públicos de la ciudad.
 
Además, es importante señalar que en las Unidades Operativas o puntos de atención previamente descritos, sujeto a la disponibilidad de oferta de nuestros aliados, es posible encontrar orientación sobre servicios de salud e incluso la prestación de algunos de ellos, facilitando así su acceso a la atención primaria.

¿Cómo hago para acceder a cupos en colegios en Bogotá?

En Bogotá D.C., el acceso a la educación pública (preescolar, básica y media) está garantizado para todos los niños, niñas y adolescentes, sin distinción de nacionalidad o estatus migratorio.
 
Para obtener un cupo en un colegio público, el proceso se realiza a través de la Secretaría de Educación del Distrito. Le sugerimos:
 
Consultar las fechas clave del proceso de matrícula.
 
Dirigirse a la Dirección Local de Educación de su localidad, donde le brindarán toda la orientación sobre los requisitos y el procedimiento. Encuentre su dirección local aquí: https://www.educacionbogota.edu.co/nuestra-entidad/direcciones-locales

¿Cómo hago para acceder a cupos en jardines infantiles en Bogotá?

Para acceder a cupos en jardines infantiles en Bogotá, la gestión debe realizarse directamente en cada Subdirección Local para la Integración Social (SDIS). Es fundamental destacar que el acceso a estos cupos no depende del estatus migratorio de los menores, ya que la garantía del derecho a la educación y el cuidado de la primera infancia forma parte integral de la misionalidad de la Secretaría Distrital de Integración Social.

No he logrado acceder al pre-registro RUMV ¿Cómo puedo lograr la regularización?

El día 28 de mayo de 2022 cerró el aplicativo para el pre-registro y caracterización de las personas que entraron al país de forma irregular para la entrega de su Permiso por Protección Temporal PPT. Las personas que pueden aplicar luego de esta fecha son:
 
Quienes entraron por un puesto oficial de control migratorio (Pasaporte sellado).
Niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el Sistema de Responsabilidad Penal o quienes se encuentran matriculados en instituciones educativas avaladas por la secretaria Distrital de Educación.
Quienes aún conserven su Permiso especial de Permanencia PEP vigente.
Solicitantes de refugio o portadores de Salvoconducto SC2 vigente.
Es importante aclarar que el Permiso por Protección temporal y la solicitud de refugio son figuras diferentes, la primera es un documento de identidad que permite la movilidad y regularización del estatus migratoria, mientras el refugio es un mecanismo de protección internacional.

¿Cómo puedo solicitar el reconocimiento de mi condición de refugiado por el Estado colombiano?

Una persona refugiada es aquella que se ha visto obligado a salir de su país de origen a causa de un temor fundando de persecución política, religiosa o por motivos de alteración del orden público y conflictos internos. Según el ACNUR Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados la condición de refugiado es una categoría constitutiva, es decir, es refugiado quien se perciba como tal. El reconocimiento por parte del Estado Colombiano de la condición de refugiado requiere: Presentar la solicitud ante Migración Colombia, quien recibe la solicitud de refugiado, expide un salvoconducto y la envía al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia en Bogotá para su estudio.
Si usted ya se encuentra dentro del país y quiere solicitar la condición de refugiado, debe presentar un documento al Ministerio de Relaciones Exteriores, con sus datos personales, los de su familia y una explicación de los motivos por los cuales tuvo que salir de su país y la razón por la cual no puede regresar. Si usted no está en Bogotá, debe enviar su solicitud en físico al Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá o también puede enviarse a esta dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Cuando las autoridades verifiquen el contenido de su solicitud, recibirá un salvoconducto gratuito hasta por 180 días, el cual es renovable, hasta que se tome una decisión sobre su solicitud. Recuerde que el acompañamiento de su solicitud de reconocimiento de condición de refugiado es acompañado por el equipo de Fortalecimiento Opción Legal/ACNUR en los puntos de atención del Proyecto.

¿Cuáles son las líneas de atención en caso de ser víctima de violencia intrafamiliar o de género?"

En Bogotá, si una persona es víctima de violencia intrafamiliar o de género, existen diversas líneas de atención y canales para buscar ayuda, orientación y protección. Es fundamental recordar que la atención es confidencial y busca garantizar la seguridad de las víctimas.
 
Las principales líneas y servicios a los que se puede acudir son:
 
Línea Púrpura Distrital "Mujeres que escuchan Mujeres" (01 8000 112137 y WhatsApp 3007551846): Esta línea, de la Secretaría Distrital de la Mujer, está dirigida a mujeres mayores de 18 años que identifiquen estar viviendo una situación de violencia. Ofrece orientación y acompañamiento psicosocial, información sobre derechos, rutas de atención y servicios disponibles. No es una línea de emergencia o denuncia directa, pero brinda una orientación crucial. Atiende 24 horas al día, 7 días a la semana.
 
Línea Nacional 155: Esta línea brinda orientación a mujeres víctimas de violencia basada en género a nivel nacional, incluyendo Bogotá. Proporciona información sobre derechos, tipos de violencia, orientación para denunciar y acceso a servicios jurídicos y de salud.
 
Línea "Una Llamada de Vida" (601-3808400): Gestionada por las Comisarías de Familia, esta línea ofrece atención no presencial para víctimas de violencia en el contexto familiar. Permite el acceso a la justicia y a medidas de protección. Funciona de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. de domingo a domingo.
 
Línea de Emergencias 123: Para casos de emergencia o situaciones que requieran una atención inmediata de la policía, bomberos o servicios de salud, se debe llamar a la línea 123.
 
Comisarías de Familia: Son entidades fundamentales para atender casos de violencia intrafamiliar y delitos sexuales en el ámbito familiar. Brindan orientación, apoyo psicosocial y pueden dictar medidas de protección. Bogotá cuenta con 37 Comisarías de Familia distribuidas en las localidades, algunas con atención 24 horas. También existen Comisarías Móviles.
 
Fiscalía General de la Nación (Línea 122): Para interponer denuncias por hechos de violencia. También se puede acudir a las URI (Unidades de Reacción Inmediata) o Centros de Atención Penal Integral a Víctimas (CAPIV).
 
Línea 141 (ICBF): Para la protección de niños, niñas y adolescentes que sean víctimas de violencia, dentro o fuera del ámbito familiar.
 
Línea Calma (01 8000 423 614): Es una línea de atención y orientación para hombres que buscan manejar sus emociones, prevenir violencias y construir relaciones no violentas.

¿Cómo puedo acceder a un trabajo siendo migrante?

Para acceder a un trabajo formal en Colombia, las personas migrantes deben contar con un estatus migratorio regularizado que les habilite para ello. Esto implica poseer los documentos y permisos necesarios que les permitan desarrollar actividades laborales de manera legal en el país.
 
Para obtener más información detallada sobre oportunidades de empleo, procesos de empleabilidad y opciones de emprendimiento para la población migrante, se recomienda dirigirse a las Unidades Operativas de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) dispuestas específicamente para la atención de esta población en las siguientes localidades:
 
Kennedy: Carrera 80 # 43-43 sur
 
Suba: Calle 153 # 98A - 60
 
Los Mártires: Carrera 22 # 22B - 39

¿Cómo puedo acceder a cursos, talleres o educación informal siendo migrante?

Para acceder a cursos, talleres o educación informal ofrecidos por la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) como persona migrante, puede dirigirse a los Centros de Desarrollo Comunitario (CDC). Estos centros disponen de una oferta constante de actividades.
 
Si bien en algunos casos el acceso a ciertos programas podría estar condicionado por el estatus migratorio regular, se recomienda acercarse directamente a las Unidades Operativas para la Atención a Población Migrante para conocer la oferta disponible que se ajuste a su situación particular.
 
Las ubicaciones de estas Unidades Operativas son:
 
Kennedy: Carrera 80 # 43-43 sur
 
Suba: Calle 153 # 98A - 60
 
Los Mártires: Carrera 22 # 22B - 39

Gestión del Riesgo

PreguntasRespuestas

¿En el Distrito, qué entidades brindan ayudas humanitarias a las personas afectadas por emergencias?

En el Distrito Capital hay dos entidades que brindan ayuda humanitaria a los damnificados por emergencias de origen natural o antrópico: el IDIGER (Instituto Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático) y la Secretaría Distrital de Integración Social.

¿La SDIS apoya a las personas afectadas por emergencias?

Sí. La Secretaría Distrital de Integración Social brinda ayudas humanitarias a la población damnificada por emergencias de origen natural o antrópico, consistentes en Bono de alimentos, vestuario o elementos de higiene y aseo personal, según la afectación sufrida y luego de la evaluación de daños realizada por el personal del equipo de Gestión del Riesgo, respondiendo a una activación.

¿Cómo debe hacer una persona que sufrió una emergencia para que la SDIS lo ayude?

Lo primero que debe hacer una persona que se vio afectada por una emergencia de origen natural o antrópico (Desplazamientos, inundaciones, vendavales, granizadas, incendios, etc.) es comunicarse al NUSE - Número Único de Seguridad y Emergencias, teléfono 123 y reportar el evento, de forma que las entidades de primera respuesta lo atiendan y pongan a salvo, entonces esas entidades, si detectan la necesidad de entrega de ayudas humanitaria, informan al IDIGER y es activada la Secretaría Distrital de Integración Social, que desplaza personal de Gestión del Riesgo para hacer lo pertinente.

Si fui afectado por una emergencia de origen natural o antrópico y no llamé a la línea 123 y por tanto no fui atendido por Bomberos o alguna entidad de primera respuesta, pero sufrí daños y considero que requiero ayudas humanitarias, qué debo hacer?

Dirigirse a la Alcaldía local correspondiente y radicar un oficio dirigido al Consejo Local de Gestión del Riesgo, indicando la afectación y solicitando apoyo con la entrega de ayudas humanitarias. Adjunte soportes como fotos o videos.

Enlace Social

PreguntasRespuestas

¿Qué significa emergencia social y como puedo recibir ayudas por esta situación?

Emergencia social es el servicio que atiende a personas, hogares o familias que tienen dificultad para enfrentar situaciones sociales inesperadas y/o transitorias que desestabilizan o disminuyen su capacidad de respuesta, las cuales configuran una emergencia social, brindando uno o más de los beneficios disponibles a través de la realización de un análisis de fragilidad social en el marco del proceso de atención.
 

¿Quiénes pueden recibir ayuda de emergencia social por parte de la SDIS?

Personas, hogares o familias que en desarrollo del proceso de atención se
identifican 2, 3 o más situaciones inesperadas y/o transitorias que les configura una emergencia social, debido a que estas disminuyen su capacidad de respuesta.

¿Qué tipo de ayudas puede recibir una persona que se encuentre en emergencia social?

Para la entrega se identifica la problemática en la emergencia social y se realiza el análisis del nivel de fragilidad social para definir qué beneficio se autoriza de acuerdo a los criterios de egreso, dichos beneficios son:
 
• Bono Canjeable por Alimentos.
• Auxilio Funerario
• Suministros de ayuda humanitaria no alimentaria (vestuario, calzado y elementos de aseo personal de acuerdo a las exixtencias).
• Alojamiento Transitorio.
• Transporte de Emergencia.
• Pasajes Terrestres.
 
• Se realiza acompañamiento para verificar si las situaciones inicialmente identificadas siguen configurando una emergencia social.
La oferta de este servicio solo se prestará a personas que se encuentren en el Distrito Capital.

Territorial

PreguntasRespuestas

¿Cómo puedo recibir la ayuda para personas que viven en pagadiario?

Actualmente, la ciudad cuenta con una Estrategia Intersectorial liderada por la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS), en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) y otras entidades del Distrito, que busca identificar, caracterizar y brindar atención integral a personas y familias que residen en inmuebles tipo pagadiario.
Si usted vive en un pagadiario y desea acceder a esta atención, puede acercarse a cualquier Subdirección Local de la SDIS y solicitar la atención del equipo de respuesta social, quienes se encargarán de tomar sus datos y referir su solicitud a la SDP, entidad responsable de realizar la caracterización.
Es importante tener en cuenta que este proceso no es inmediato ni automático, ya que depende de la programación de operativos en cada localidad para la identificación de pagadiarios y de los resultados de la caracterización individual, momentos que forman parte de una estrategia estructurada que busca priorizar a quienes más lo necesitan, especialmente en contextos de vulnerabilidad habitacional como los pagadiarios.
A partir de la caracterización, se activa una ruta de atención que presenta tres momentos:
1. Atención inmediata o de emergencia en sitio: dirigida a hogares o personas con necesidades urgentes que comprometen su integridad física o alimentaria, tales como inseguridad alimentaria, situación de calle, violencia intrafamiliar o ausencia de redes de apoyo. En este nivel se activan servicios como bonos alimentarios, alojamientos temporales, comedores comunitarios o intervención psicosocial.
2. Atención prioritaria de mediano plazo: orientada a hogares con condiciones de vulnerabilidad estructural, pero sin riesgo inminente, que requieren vinculación a servicios sociales como atención a primera infancia, inclusión educativa, programas para personas mayores, centros de atención a migrantes o procesos de regularización y afiliación en salud.
3. Atención programada o sostenida: enfocada en hogares con necesidades de acompañamiento, acceso a diferentes servicios, formación para el trabajo o vinculación a redes comunitarias. Aquí se plantea una intervención más prolongada en el tiempo con enfoque de sostenibilidad social.

¿Qué tipo de ayudas puede recibir?

Dependiendo del diagnóstico realizado durante la caracterización, usted podrá ser remitido a diferentes servicios sociales, tales como:
• Comedores comunitarios o bonos alimentarios, si se evidencian necesidades nutricionales.
• Rutas de atención para mujeres gestantes, personas mayores, población infantil o con discapacidad.
• Acceso a servicios de salud, inclusión laboral o vinculación a otras ofertas institucionales, según su perfil y condiciones. Tenga en cuenta:
Este proceso no es inmediato ni automático, ya que cada caso es evaluado de manera individual con base en las condiciones de la persona o familia y el contexto territorial. Sin embargo, hace parte de una estrategia estructurada del Distrito que busca atender prioritariamente a quienes viven en situaciones de mayor vulnerabilidad habitacional.
 

¿En que lugar me pueden atender si no los encuentro en la localidad?

Puede dirigirse al Centro de Atención Integral a la Población pertenecientes a flujos migratorios mixtos (CIAM) de Mártires, ubicado en carrera 22 No. 22B 39 de lunes a viernes de 8:00 am a 2:00 pm , donde será orientado por el equipo de la estrategia.

LGBTI

Juventud

Familia

PreguntasRespuestas

¿Cuál es la ruta para denunciar un hecho de violencia intrafamiliar en Bogotá? 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 294 de 1996 modificada por la Ley 575 de 2000, toda persona que dentro de su contexto familiar sea víctima de daño físico, psíquico, o daño a su integridad sexual, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por parte de otro miembro del grupo familiar, podrá pedir, sin perjuicio de las denuncias penales a que hubiere lugar, al comisario de familia del lugar donde ocurrieren los hechos y a falta de este al Juez Civil Municipal o Promiscuo Municipal, una medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato o agresión o evite que esta se realice cuando fuere inminente. Consecuente con lo anterior, el artículo 2° de la Ley 2126 de 2021 establece que las Comisarías de Familia son las dependencias o entidades encargadas de brindar atención especializada e interdisciplinaria para prevenir, proteger, restablecer, reparar y garantizar los derechos de quienes estén en riesgo, sean o hayan sido víctimas de violencia por razones de género en el contexto familiar y/o víctimas de otras violencias en el contexto familiar. Esto sin perjuicio de la competencia, en materia penal, atribuida a la Fiscalía General de la Nación para investigar el delito de violencia intrafamiliar tipificado en el articulo 229 del Código Penal Colombiano. Es por ello que la persona víctima de violencia intrafamiliar podrá acudir a la Comisaría de Familia de su localidad para solicitar la protección de sus derechos a una vida libre de violencia, activando la ruta interna de atención a víctimas de violencia intrafamiliar, donde se tramitará una medida de protección a su favor y será remitido a la Fiscalía general de la Nación, a medicina legal y a las demás entidades del orden nacional y distrital que puedan materializar y hacer efectiva su protección.

¿Cómo es el proceso de atención a la ciudadanía en una comisaría de familia en Bogotá?

Desde el año 2015, se implementó la “Ruta Interna de Atención Integral en las Comisarías de Familia del Distrito Capital”, cuyo objetivo es estandarizar el servicio en todos estos despachos comisariales, con el fin de garantizar la realización efectiva de los derechos de las víctimas de violencia intrafamiliar.

 
Esta ruta está desarrollada por niveles y tiene por objeto garantizar una atención oportuna, de calidad, especializada e interdisciplinaria, de acuerdo con la problemática expuesta, desde los enfoques de género y diferencial. El documento se encuentra oficializado en el Sistema de Gestión de la entidad y se puede acceder a través del siguiente link
 
Primer nivel: Se identifican y se verifican datos, motivo de consulta y se establece la competencia funcional y territorial de la Comisaría de Familia.
Segundo nivel: Se realiza atención especializada e interdisciplinaria que involucra: verificación de derechos, aplicación instrumento de verificación preliminar de la identificación de riesgo para otorgar medidas de protección provisionales o iniciar Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD), remisión a Medicina
Legal, a Casa Refugio, Centro Proteger, entre otras.
Tercer nivel: Se adelanta audiencia de trámite de acuerdo con la
orden administrativa correspondiente, desde el equipo psicosocial practica de pruebas que el comisario/a considere pertinentes.
Cuarto nivel: Se realiza seguimiento y acompañamiento profesional a las víctimas, con el fin de fortalecer su autonomía,
empoderamiento y verificar el cumplimiento y efectividad de las medidas de protección definitivas ordenadas por la Comisaría de Familia.

¿Cómo puedo solicitar un permiso para sacar a mi hij@ fuera del país, cual es la entidad encargada?

En materia de niños, niñas y adolescentes (NNA) se expidió el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), normativa que en el artículo 82 numeral 7°, al referirse a las funciones del Defensor de Familia, establece que le corresponde "Conceder permiso para salir del país a los niños, las niñas y los adolescentes, cuando no sea necesaria la intervención del juez". Por lo tanto podrá acudir ante el Defensor de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar del Centro Zonal de su localidad.

¿Dónde puedo solicitar una medida de protección?

Toda persona que sea víctima de violencia en el contexto familiar, según los términos de la Ley 2126 de 2021, sin perjuicio de las denuncias penales a que hubiere lugar, podrá pedir ante cualquier Comisaría de Familia una medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato o agresión, o que evite que esta se realice cuando fuere inminente.

¿Dónde puedo solicitar la acción de custodia de mis hijos, que proceso realizó?

La conciliación de custodia, cuota de alimentos y vistas respecto del hijo común, puede adelantarse de mutuo acuerdo ante la Personería Distrital, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Defensoría del Pueblo, entre otras autoridades con competencia para conciliar. En caso de falta de acuerdo entre los progenitores deberá acudirse ante el juez de familia para que se adelante el proceso de custodia, cuidado personal y visitas de los niños, niñas y adolescentes, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios. Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 13 numeral 10° de la Ley 2126 de 2021 Le corresponde al comisario o comisaria de familia "Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia señaladas en el numeral 4o del artículo 5o de esta ley".

¿Dónde puedo interponer una solicitud para fijación de cuota alimentaria o demanda de alimentos?

La conciliación de custodia, cuota de alimentos y vistas respecto del hijo común, puede adelantarse de mutuo acuerdo ante la Personería Distrital, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Defensoría del Pueblo, entre otras autoridades con competencia para conciliar. En caso de falta de acuerdo entre los progenitores deberá acudirse ante el juez de familia para que se adelante el proceso de custodia, cuidado personal y visitas de los niños, niñas y adolescentes, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios. Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 13 numeral 10° de la Ley 2126 de 2021 Le corresponde al comisario o comisaria de familia "Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia señaladas en el numeral 4o del artículo 5o de esta ley".

Llevo un proceso de cuota alimentaria hace varios años, pero nunca se ha actualizado el monto, y en este momento por la situación actual es urgente realizar esa revisión del monto establecido, ¿A dónde debo dirigirme y cómo hago la solicitud?

El artículo 129 del código de infancia y adolescencia (Ley 1098 de 2006) establece que: "La cuota alimentaria fijada en providencia judicial, en audiencia de conciliación o en acuerdo privado se entenderá reajustada a partir del 1o de enero siguiente y anualmente en la misma fecha, en porcentaje igual al índice de precios al consumidor, sin perjuicio de que el juez, o las partes de común acuerdo, establezcan otra fórmula de reajuste periódico". Para inicios del año 2023 la cuota alimentaria debía aumentarse en un 16%, si se estableció en función del salario mínimo, o en un 13,12%, si se estableció de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Estos porcentajes se aplicarán a cualquier cantidad que se haya establecido para la cuota alimentaria. Por ejemplo, si la cuota se fijó inicialmente, en el año 2022, en $1.000.000, tendría que aumentarse el (16%) si se estableció en función del salario mínimo a $1.160.000 pesos en 2023. Si al fijar la cuota alimentaria, se había pactado el incremento de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), entonces la cantidad debería aumentarse en un (13,12%) a $1.131.200 pesos en 2023. Por lo tanto, cualquier persona puede realizar la actualización año a año del valor de la cuota alimentaria fijada con base en los parametro referidos.

¿Cómo hago para solicitar el soporte de pago de la multa por incumplimiento?

Una vez se ha confirmado la sanción de multa por parte del juez de familia, dentro del trámite de incumplimiento de medida de protección, y se le ha notificado al incidentado(a) para que proceda con el pago. El sancionado deberá dirigirse a la Comisaría de Familia que conoce del proceso de incumplimiento para solicitar el respectivo recibo de pago y proceder a consignar el valor de la multa impuesta a órdenes de la tesorería distrital. Una vez se tiene el soporte de pago deberá allegarse copia de este a la Comisaría de Familia solicitándole que se declare el cumplimiento de la sanción impuesta procediendo al cierre del trámite de incidente de incumplimiento.

¿En qué casos únicamente debo recurrir a una comisaría de familia?

La persona podrá acudir a la Comisaría de Familia de su localidad cuando se presente alguno de los siguientes escenarios: - Violencia en el contexto familiar: Se presenta cuando
alguien de la familia, causa daño o sufrimiento físico, sexual,
psicológico, patrimonial o económico, amenaza, agravio,
ofensa a otra persona de su familia, aunque no convivan bajo
el mismo techo.
- Violencias de género: Son acciones o conductas que afectan física, mental y emocionalmente a las personas, debido a relaciones que le dan más poder a lo masculino y consideran inferior lo femenino.
- Cualquier tipo de violencia como método de corrección contra
niños, niñas y adolescentes, y el castigo físico, los tratos crueles,
humillantes o degradantes están prohibidos.
-Violencias sexuales consisten en obligar a una persona a
mantener contacto o interacción sexualizada, física o verbal
mediante el uso de fuerza, intimidación, chantaje, soborno, manipulación, amenaza que anule o limite su voluntad personal. Es aún más grave si la víctima es niña, niño o adolescente.
- La negligencia o el abandono: sucede cuando un padre, madre o cuidador no satisface las necesidades básicas (alimentos,
vestido, vivienda, salud, educación) de una niña, niño o
adolescente o de una persona que se encuentre en incapacidad
de valerse por sí misma.

¿Dónde puedo realizar el curso pedagógico que me solicito la comisaría?

Al momento de imponer ordenes de protección con carácter definitivo, la Comisaría de Familia puede disponer la remisión del accionado para que realice los cursos pedagógicos a que haya lugar. entre ellos se encuentra el "curso pedagógico sobre derechos de las víctimas de violencia intrafamiliar, perspectiva de género, acciones legales para su garantía, consecuencias jurídicas y competencias institucionales" que dicta la Personería Distrital. Para el “Curso pedagógico sobre derechos de la niñez” previsto por el artículo 54 del Código para la Infancia y la Adolescencia, a cargo de la Defensoría del pueblo, la persona remitida deberá enviar el oficio remisorio al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., incluyendo su nombre, identificación y número telefónico de contacto, así como deberá esperar respuesta a su correo, en el que la Defensoría del Pueblo le informará fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para su asistencia al curso.

Para denunciar casos de maltrato y abandono de personas mayores, ¿Cuál es la ruta de acción?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 294 de 1996 modificada por la Ley 575 de 2000, toda persona que dentro de su contexto familiar sea víctima de daño físico, psíquico, o daño a su integridad sexual, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por parte de otro miembro del grupo familiar, podrá pedir, sin perjuicio de las denuncias penales a que hubiere lugar, al comisario de familia del lugar donde ocurrieren los hechos y a falta de este al Juez Civil Municipal o Promiscuo Municipal, una medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato o agresión o evite que esta se realice cuando fuere inminente. Cuando la víctima de la violencia en el contexto familiar sean personas adultas mayores, los comisarios y Comisarías de Familia deberán seguir, además de lo establecido en la Ley 294 de 1996, la Ley 2126 de 2021 , los parámetros de la Ley 1850 de 2017 (Por medio de la cual se establecen medidas de protección al adulto mayor en Colombia, se modifican las Leyes 1251 de 2008, 1315 de 2009, 599 de 2000 y 1276 de 2009, se penaliza el maltrato intrafamiliar por abandono y se dictan otras disposiciones).

Vejez

Discapacidad

Adultez

PreguntasRespuestas
   

¿Qué son los hogares de paso para habitantes de calle, y como es el proceso de ingreso?

Espacio que brinda atención integral de corto plazo a ciudadanas y ciudadanos habitantes de calle, fomentando el desarrollo de habilidades adaptativas, la retoma de hábitos para el cuidado personal, el desarrollo socio-emocional y la ampliación de capacidades, para la mitigación de riesgos y daños asociados a la vida en calle, que contribuyan a reducir las formas extremas de exclusión.
Birnda atención día y noche proporcionando un espacio seguro para descansar, alimentarse y recibir acompañamiento psicosocial. Este servicio busca cubrir las necesidades básicas inmediatas, fomentar la reflexión y motivación para el cambio, promoviendo hábitos de autocuidado, acompañamiento en salud, capacidades socio-emocionales, habilidades adaptativas y fortalecimiento socio-ocupacional.
El procedimiento de ingreso se describe en el Instructivo Servicio Hogar de paso día y hogar de paso noche para población habitante de calle INS-PSS-029

¿Cuál es la diferencia entre un proceso de rehabilitación y el servicio que ofrece el proyecto?

La diferencia radica en el alcance de la entidad, la Secretaría distrital de Integración social es encargada de formular e implementar políticas públicas poblacionales para garantizar el ejercicio de derechos, mediante una oferta de servicios sociales mientras que los procesos de rehabilitación se encuentran asociados al sector salud.

¿Qué debo hacer si de manera voluntaria ya no quiero se habitante de calle?

Debe realizar la solicitud escrita, refiriendo que desea ser egresado del proyecto y radicar la solicitud en el local 101 SIAC- SDIS. Una vez la solicitud sea recepcionada por el proyecto, la o el profesional SIRBE del proyecto realiza la novedad en el sistema SIRBE, haciendo el registro del egreso, de esta manera el ciudadano o ciudadana quedará desvinculado del proyecto.

¿Qué son los hogares de paso y como ingreso a ellos para los habitantes de calle?

Espacio que brinda atención integral de corto plazo a ciudadanas y ciudadanos habitantes de calle, fomentando el desarrollo de habilidades adaptativas, la retoma de hábitos para el cuidado personal, el desarrollo socio-emocional y la ampliación de capacidades, para la mitigación de riesgos y daños asociados a la vida en calle, que contribuyan a reducir las formas extremas de exclusión.
Birnda atención día y noche proporcionando un espacio seguro para descansar, alimentarse y recibir acompañamiento psicosocial. Este servicio busca cubrir las necesidades básicas inmediatas, fomentar la reflexión y motivación para el cambio, promoviendo hábitos de autocuidado, acompañamiento en salud, capacidades socio-emocionales, habilidades adaptativas y fortalecimiento socio-ocupacional.

¿Cómo puedo solicitar la constancia de habitante de calle y que beneficios me genera?

La Secretaria Distrital de Integración Social no expide una constancia asociada a la caracterización como habitante de calle; no obstante la Secretaría hace entrega de un documento informativo, en el cual se relacionan las atenciones recibidas en el proyecto en el periodo solicitado por el ciudadano o ciudadana. La solicitud se realiza a través del buzón de sugerencias de las unidades operativas o en el local 101 del SIAC de forma escrita.

¿Qué son los centros socio sanitarios y que beneficio me genera?

En el Servicio de Atención Sociosanitaria se desarrollan procesos de atención sociosanitaria a ciudadanos y ciudadanas habitantes de calle con morbilidades agudas, crónicas, de interés en salud pública o que requieran cuidados pre y post hospitalarios, a través de la implementación de estrategias interdisciplinarias, enfocadas en el cuidado, acompañamiento y seguimiento transitorio a partir de la situación individual de salud, con el fin de dignificar su proyecto de vida, en el marco de la implementación de los enfoques de género y diferencial.

¿Por medio de la SDIS como habitante de calle como me ayudan para sacar mi documento?

Para fomentar la garantía de los derechos y el ejercicio de la ciudadanía de la población habitante de calle, la Subdirección para la Adultez ha generado procesos de articulación con la Registraduría Nacional del Estado Civil, con quienes se han desarrollado campañas para obtener y regularizar registros civiles y cédulas de ciudadanía.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Registraduría Distrital – Oficina OPADI ha desarrollado jornadas de identificación para tramites de duplicados de cédulas de ciudadanía en formato digital, a través de su Unidad de Atención a la Población Vulnerable (UDAPV), donde se atienden ciudadanas y ciudadanos habitantes de calle participantes de los diferentes servicios y localidades (territorios) del Distrito Capital, de igual manera si el ciudadano lo requiere puede acercarse a cualquiera de las oficinas de las subdirecciones locales de la ciudad para que desde el equipo de abordaje territorial se le apoye con este procedimiento.

¿Para recibir atención médica debo registrar como habitante de calle? Y si no estoy en el registro ¿Cómo me atienden en los centros de salud?

No, en el caso de requerir atención por urgencias puede acercarse a cualquier
centro médico y debe ser atendido. En el caso que no se encuentre afiliado al sistema
de salud, requiera solicitar atención médica y se encuentre habitando calle, puede solicitar al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. la caracterización por parte del equipo de salud del proyecto y en caso de cumplir con los requisitos será ingresado
al listado censal, de este modo será identificado como población vulnerable en la condición de habitante de calle en el sistema de salud.

Hace poco empecé a habitar calle y necesito atención médica, pero no sabía que existía un registro de habitante de calle, ¿Cuáles son los requisitos para ser identificado como habitante de calle, y cuál es el proceso para ser registrado?

En el marco de las acciones desarrolladas por parte de la Subdirección para la Adultez en el proyecto de inversión 7948, se realiza el trámite de caracterización, para población vulnerable que no cuenta con domicilio y es identificada a través de un listado censal mediante el cual se reportan las Poblaciones Especiales como: Habitantes de calle, Persona mayor en centro de protección, Indígenas, población Rom, Desplazados, Víctimas del conflicto, Personas Privadas de la libertad, menores en centros de protección, entre otros.
 
Una vez realizada la entrevista y aplicado el instrumento de caracterización, se envía la información al área de aseguramiento de la Secretaría Distrital de Salud con el fin de validar los datos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y así incluirla en la base de datos de comprobador de derechos de dicha Secretaría, con la marcación de población especial habitante de calle, garantizando de esta manera la atención en salud.

Soy mujer habitante de calle y quiero tener un cupo para ingresar a un centro de atención de la SDIS, ¿Cuál es el proceso que debo realizar, y en que consiste este servicio?

Puede acercarse a cualquiera de las unidades operativas del proyecto, en caso de estar vinculada al proyecto puede solicitar el ingreso y de acuerdo a la disponibilidad de cupo podrá ingresar, no obstante tendrá prioridad para la atención y/o refrenciación. Importante mencional que el SDIS cuenta con una unidad operativa que esta disponible para la atención únicamente para mujeres. Si no se encuentra vinculada al proyecto, puede acercarse a cualquier unidad operativa, allí un o una profesional realizará la validación de condiciones y los criterios de ingreso y podrá ingresar a la unidad que se ajuste a sus interés y necesidades.

¿Qué es el servicio de comunidad de vida de la SDIS?

Es un servicio de larga permanencia en medio institucionalizado que promueve la
deshabituación y superación de la vida en calle, mediante el acompañamiento
interdisciplinar en procesos de desarrollo personal para el fortalecimiento de las
capacidades individuales y colectivas, la movilización de redes de apoyo
familiares, institucionales y comunitarias.

Por temas personales me traslade de otro municipio a Bogotá y hace varias semanas estoy habitando calle, no tengo lugar fijo de vivienda, y tampoco alimentación ¿a qué servicio del programa de habitante de calle puedo acceder?

Puede acercarse a cualquier unidad operativa para ser entrevistado por un profesional del proyecto, después de aplicado el instrumento de caracterización y cumplir con los criterios de ingreso, se le indicará la oferta institucional y el ciudadano o ciudadana podrá elegir el servicio que se ajusta a sus necesidades.

¿Quiénes son considerados habitantes de calle en Bogotá?

Persona sin distinción de raza, sexo que hace de la calle su lugar de habitación ya sea de forma permanente o transitoria" (Ley 1641 de 2013 art. 2), la cual se ubica y concibe como vivienda espacios no convencionales (puentes, fuentes hídricas, estructuras en ruinas, parques, andenes, separadores, carretas, entre otros equipamientos urbanos) o alojamientos temporales (establecimientos institucionales públicos o privados, paga diarios, entre otros), donde además desarrolla hábitos de vida adaptados al entorno (autocuidado, consecución de recursos, relaciones de convivencia con otros actores, entre otros).

¿Cómo tratar la persona cuando tiene ansiedad por el consumo?

El manejo por los efectos que genera el consumo de sustancias psicoactivas: "ansiedad", se maneja siguiendo el plan de tratamiento que establezca el mèdico tratante. De acuerdo con las reglas que gobiernan el sistema General de Seguridad Social en Salud, este es responsabildiad que le corresponde al médico de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) a la que se encuentre afiliado el paciente, de no contar con Aseguradora y sea habitante de Bogotá, le corresponde a los Prestadores contratados por el Fondo Financiero Distrital de la SDS.

¿Cómo tratar la persona cuando tiene ansiedad por el consumo?

Mantener una actitud asertiva y empática, en la que primen el respeto y la comunicación clara y efectiva. La subdirección para la dultez cuenta con un Protocolo Seguridad para la prestación de servicios sociales dirigidos a la población habitante de calle PTC-PSS-005 cuyo objetivo es implementar mecanismos que desde la seguridad humana, favorezcan la integridad personal de todos los participantes involucrados (talento humano, colaboradores contratistas, ciudadanas y ciudadanos) en la prestación de servicios sociales para la atención del fenómeno de habitabilidad en calle

¿Qué baños públicos pueden utilizar los Habitantes de Calle para bañarse y hacer sus necesidades fisiológicas?

Los ciudadanos y ciudadanas habitantes de calle pueden acercarse a cualquiera de las unidades operativas ofertadas por la SDIS para su atención y solicitar el acceso a baños para realizar las necesidades fisiologicas y bañarse, asímismo, pueden acercarse a los Centro de Dsarrollo Comunitario - CDC de cada localidad y solicitar el prestamo del baño para realizar sus necesidades fisiológicas.
A continuación se relacionan los nombres y direcciones de las unidades operativas a las que pueden acudir:
Comunidad De Vida El Camino - Kr 69 47 43
Hogar De Paso Voto Nacional - Cl 12 16 73
Hogar De Paso Los Mártires - Kr 18 B 23 A 41
Autocuidado Puente Aranda - La 32 - Kr 32 12 35
Atención Sociosanitaria Para Población Habitante De Calle y en Alto Riesgo De Estarlo - Cl 11 Sur 1 B 10 Este
Hogar De Paso Bakata - Kr 35 10 69
Enlace Social Y Seguimiento - Cl 63d 69 74
Un Nuevo Porvenir - Kr 13 18 36
Comunidad De Vida Guardines De Sueños - Tv 93 51 91
Hogar De Paso Puente Aranda - Kr 35 10 35.

¿Existe algún plan o planes para la salud oral para los habitantes de calle o con riesgo a habitar en calle?

El plan de salud oral es el que esta contemplado en el Sistema Nacional de Salud, para acceder al mismo debe seguir el procedimiento de la EPS al cual este afiliado.

¿Qué posible es poder adquirir un subsidio desde mi condición de y en proceso de rehabilitación?

Ningún ciudadano o ciudadana habitante de calle tiene restricción para acceder a subsidios ofertados por una entidad distrital Y/o nacional por su condición, no obstante es necesario revisar los requisitos para acceder a estos. Se precisa que la Secretaria Distrital de Integración Social no tiene en su oferta ningún tipo de subsidios para la población habitante de calle.

¿Qué subsidios puedo adquirir después de terminar mi proceso de inclusión social como exhabitante de calle?

La persona que supera la condición de habitabilidad en calle puede acceder a la oferta distrital y nacional asociada a subsidios como cualquier ciudadano en tanto no tiene ninguna restricción.

¿Qué herramientas me ofrece la Secretaría cuando termine mi proceso de inclusión social para poder mantenerme bien y estable? ¿Puedo acceder como operador en Transmilenio?

El proceso de inclusión incluye el seguimiento a la inclusión en donde el equipo profesional realiza llamadas, encuentros y seguimiento al ciudadano después de su egreso. La vinculación laboral no es misionalidad de la entidad, por ende no es de nuestra competencia las vacantes de las empresas, como se refiere en el ejemplo.

¿Qué posibilidad de empleabilidad para población habitante de calle ofrece la Secretaría?

La Secretaria Distrital de Integración Social no tiene oferta asociada a empleabilidad en tanto el alcance de la entidad es de carácter social, no obstante desde la Subdirección se realiza orientación y referenciación a Secretaria de Desarrollo Económico , Instituto para la Economía Social - IPES.

Estoy realizando mi investigación de tesis con mi grupo, y nuestro tema de investigación se centra los relatos de vida de las personas que fueron habitantes de calle ¿La secretaria Distrital de Integración Social realiza investigación académica?

Si, a continuación relacionados el Procedimiento de articulación de la Secretaría Distrital de Integración Social con universidades y centros de investigación para la realización de investigaciones sociales (PCD-GC-0081), actualizado en febrero de 2024, el cual especifica que el equipo de Gestión del conocimiento de la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico - DADE, da inicio al procedimiento, por lo tanto es competencia de esta dirección socializar los formatos, documentos y acciones a través de los cuales ustedes podrán presentar su investigación para ser analizada y avalada; para ello, solicitamos respetuosamente, remitir esta solicitud a los correos electrónicos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. quienes desde el Equipo de Gestión de Conocimiento, referirán la respuesta en el marco del procedimiento anteriormente mencionado.

Alimentación integral

PreguntasRespuestas

¿Qué es un Comedor Comunitario?

Un Comedor Comunitario, es un espacio físico, social y comunitario, donde se entrega una comida caliente en condiciones adecuadas e inocuas, acompañado de procesos de inclusión social, vigilancia del estado nutricional y promoción de hábitos y estilos de vida saludable con un aporte nutricional definido por la Secretaría Distrital de Integración Social.

¿A quién está dirigido el servicio Comedores Comunitarios?

Niñas, niños de un año en adelante, adolescentes, jóvenes, personas adultas y mayores en inseguridad alimentaria moderada o severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA), residente en Bogotá D.C.

  • Ciudadanos colombianos residentes en Bogotá D.C.
  • Personas extranjeras residentes en Bogotá D.C. debidamente documentadas según lo establecido en la normatividad vigente.
  • Personas Migrantes Venezolanas residentes en Bogotá D.C. debidamente documentadas según lo establecido en la normatividad vigente.

¿Cómo solicito el servicio Comedores Comunitarios? Este proceso se denomina FOCALIZACION

  • La persona interesada debe acercarse, de manera presencial, a la Subdirección Local para la Integración Social SLIS que corresponda de la localidad de Bogotá donde reside.
  • Deberá presentar de forma física los siguientes documentos:
    • Fotocopia de los documentos de identidad de los integrantes de la familia.
    • Recibo de servicio público reciente.

    La fotocopia del recibo público reciente, no aplica para ciudadanos en habitabilidad en calle, residentes en pagadiario o sin dirección de residencia permanente (este ítem aplica especialmente para personas migrantes venezonalas o personas en habitabilidad en calle).

    Deberá responder las preguntas de Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA)"

¿Cuánto tiempo se demora la asignación del cupo en el servicio Comedores Comunitarios?

"Una vez haya finalizado el proceso de focalización, la asignación del cupo en el servicio Comedores Comunitarios, dependerá de:

Criterios de Priorización:

  • Personas víctimas de hechos violentos asociados con el conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011 y los Decretos Nacionales 4633, 4634 y 4635 de 2011 incluido en el Registro Único de Víctimas RUV.
  • Personas que no cuentan con un lugar permanente de vivienda por condición de habitabilidad en calle, riesgo de habitarla o residir en paga diario, identificados por la Secretaría Distrital de Integración Social.
  • Personas mayores en situación de inseguridad alimentaria severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA).
  • Personas registradas en la encuesta SISBEN IV en los grupos A o B expedido en la ciudad de Bogotá.
  • Personas en situación de inseguridad alimentaria severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria (ELCSA), que no estén en atención en otros servicios de la SDIS.

Disponibilidad de cupos en el Comedor Comunitario.

Horarios de atención servicio Comedores Comunitarios

Entrega de apoyo alimentario:

Actualmente, la entrega de apoyo alimentario en el servicio Comedores Comunitarios en Bogotá, es de 10:30 a.m. a 3:30 p.m.

Las personas beneficiarias asistirán en el horario asignado según los turnos concertados, en el Comedor Comunitario, con el fin de evitar aglomeraciones.

Los turnos establecidos son de 30 minutos, atendiendo a que este es el tiempo promedio en que una persona puede consumir la alimentación servida.

Desarrollo de procesos de inclusión social, promoción de estilos de vida saludable y vigilancia nutricional:

Actualmente el desarrollo de estos procesos con la población beneficiaria es de 8:30 a.m. a 10:30 a.m. y de 3:30 p.m. a 4:30 p.m.

Días de operación servicio Comedores Comunitarios

La entrega del apoyo alimentario, actividades de promoción de estilos de vida saludable, vigilancia nutricional y las acciones de inclusión social, se desarrollan de lunes a sábado, sin incluir días festivos, ni el sábado correspondiente a la semana santa.

Forma de entrega del apoyo alimentario

La entrega y consumo de los alimentos para de las personas beneficiarias se realiza en las instalaciones del Comedor Comunitario.

Actualmente y, en caso excepcional, que algún beneficairio, por su condición de salud, preexistencias o morbilidades identificadas al ingreso o en el transcurso de la atención del servicio Comedores Comunitarios, le impidan trasladarse a recibir el apoyo alimentario, el beneficiario deberá remitir a la Subdirección Local para la Interación Social SLIS que corresponda, el soporte médico vigente o certificado de discapacidad, con el diagnóstico que indique claramente las limitaciones de movilidad. La SLIS será la responsable de verificar, validar y autorizar la entrega de alimentos para consumo en casa.

¿Quién se contacta con la persona que solicita el servicio?

Los profesionales referentes locales de la Subdirección Local para la Integración Social que corresponda, se contactarán con el ciudadano solicitante o quien haga las veces de acudiente, para infórmale la asignación del cupo.

¿Cuál es el Comedor Comunitario más cercano al lugar de vivienda de la persona solicitante?

El ciudadano, solicitante del servicio Comedores Comunitarios puede acercarse a La SLIS que corresponda a la localidad de residencia, donde le informarán la georeferenciación del comedor más cercano.

El ciudadano puede consultar la página web de la SDIS, dende encontrará la información de ubicación de los Comedores Comunitarios en Bogotá D.C.

¿Cómo actualizo la información de contacto?

El ciudadano deberá informar cualquier cambio en la información de contacto, para lo cual:

  • Por escrito o presencial a la SLIS que corresponda, informado número telefónico, dirección de residencia y correo electrónico (si se cuenta con él).
  • Por escrito o presencial en el Comedor Comunitario que corresponda.

¿Cómo me desvinculo del Comedor Comunitario?

La persona beneficiara del servicio Comedores Comunitarias deberá informar a la SLIS que corresponda, el motivo de su retiro voluntario e, igualmente, firmar los soportes que correspondan.

¿Puedo trasladarme de Comedor Comunitario?

La persona beneficiaria del servicio Comedores Comunitarios, puede hacer la solicitud de traslado, siempre y cuando el Comedor Comunitario hacia el cual solicita el traslado:

  • Se encuentre ubicado en la misma localidad.
  • El Comedor Comunitario hacia el cual solicita el traslado, tiene disponibilidad de cupos.

NOTA: Si el Comedor Comunitario hacia el cual se solicita el traslado, esta ubicado en una localidad de Bogotá D.C diferente a la que se encuentra el Comedor Comunitario del cual es beneficiario, el ciudadano deberá solicitar el retiro e iniciar el proceso de solicitud de cupo.

¿Cuáles son los motivos por los que puedo egresar del servicio Comedores Comunitarios?

  • Retiro voluntario manifestado libre y expresamente por escrito.
  • Fallecimiento del Participante.
  • Incumplimiento de lo establecido en el documento oficializado “acta de compromiso de los participantes con la SDIS”, realizada al inicio del proceso de atención en el servicio.
  • Personas que, durante el seguimiento en la prestación de servicio, se identifique que no lo requiere.
  • Cambio de residencia a otra localidad y fuera de la ciudad de Bogotá.

Ingreso Mínimo Garantizado

PreguntasIngreso Mínimo Garantizado

¿Por qué me dejaron de consignar el Ingreso Mínimo Garantizado si antes lo recibía?

Porque NO cumplen uno o más de los siguientes requisitos definidos:
1.Estar registrado(a) en el Sisbén de Bogotá. Puede realizar su consulta aquí:
https://portal.Sisbén.gov.co/Paginas/consulta-tu-grupo.html.
2.Estar en un hogar conformado por uno o varios componentes poblacionales de la tabla
del numeral 3.
3. Estar clasificado en los grupos A, B y C del Sisbén IV. Y en el grupo C dependerá del
componente poblacional como lo indica la tabla del numeral 3.
4.No recibir apoyo de programas de transferencias del Gobierno Nacional, como Renta
Joven, Colombia Mayor o Renta Ciudadana.
5.Tener una cuenta activa con las entidades financieras que tienen convenio con la
Secretaría Distrital de Hacienda: ¡DaviPlata, Nequi, MOVii o dale!.
*Aunque no es obligatorio estar bancarizado, se sugiere a todos los beneficiarios
contar con al menos una de estas aplicaciones móviles para garantizar el envío de
los pagos.
Adicionalmente, el Distrito reitera que el hogar puede recibir más de una transferencia en
el mes y con diferentes titulares de pago, dependiendo del componente poblacional del
que es beneficiario uno o varios miembros del hogar. Igualmente, se aclara que los
hogares que son beneficiarios de programas de transferencias del Gobierno Nacional,
como Familias en Acción, Renta Joven, Colombia Mayor o Renta Ciudadana, no recibirán
pagos adicionales de Ingreso Mínimo Garantizado, para lograr una mejor equidad y
distribución de los recursos.
 ¿Cómo puedo saber si soy beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado?  
Para conocer la información detallada de tu caso te invitamos a que te acerques a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haga la solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puedes radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
•Redes sociales:
Twitter: @integracionbta
Facebook: @integracionsocialbogota Instagram: @integracionsocialbogota TikTok:
@integracionsocialbta YouTube: @SecretariaSocialBogota
LinkedIn: Secretaría Distrital de Integración Social
•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 ¿Qué debo hacer para actualizar mis datos para acceder a IMG?  
Debes cumplir con los criterios de focalización de acuerdo con cada componente. Para actualizar tus datos, acércate a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
o hazla solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puede radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
 ¿Cada cuánto tiempo se realizan los pagos del Ingreso Mínimo Garantizado?  Se están realizando de forma mensual, con excepción del componente de jóvenes, cuya periodicidad depende de lo establecido en la ruta intersectorial.
 ¿Dónde puedo consultar si tengo pagos pendientes o si hubo algún problema con la consignación?  
Para conocer la información detallada de tu caso te invitamos a que te acerques a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrá consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haz la solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puede radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
•Redes sociales:
Twitter: @integracionbta
Facebook: @integracionsocialbogota Instagram: @integracionsocialbogota TikTok:
@integracionsocialbta YouTube: @SecretariaSocialBogota
LinkedIn: Secretaría Distrital de Integración Social
•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 ¿Retomarán los pagos los meses que no han pagado?  
En el nuevo IMG la retroactividad dependerá de las características de los pagos de cada uno de los componentes de la estrategia y no de manera global. Para cada componente, las características de retroactividad se definirán de manera independiente.
 ¿Qué es la estrategia Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)?  
IMG continuará siendo la plataforma de las transferencias monetarias para
población en pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad en Bogotá. Se
transforma acogiendo las recomendaciones derivadas de los estudios y
evaluaciones realizadas a la estrategia, las apuestas del Plan de Desarrollo
“Bogotá Camina Segura” y la reducción de las tasas de pobreza monetaria en
Bogotá entre 2021 y 2023.
El objetivo es atender a hogares y personas en situación de pobreza extrema,
moderada y vulnerable de Bogotá, bajo principios de progresividad,
corresponsabilidad, mayor bienestar y costo-eficiencia que ofrece la
plataforma IMG. Tendrá énfasis en hogares en pobreza extrema, personas
mayores, personas con discapacidad y se incorporarán condicionalidades en
jóvenes, con el objetivo de fomentar la inclusión productiva.
En 2025, se integrarán gradualmente nuevos componentes como
transferencias para hogares con niños, niñas y adolescentes (condicionadas a
la asistencia regular de los menores a jardines infantiles y colegios oficiales
del Distrito), personas en “pagadiarios”, en situación de emergencias,
víctimas del conflicto y un componente de Gasto en Ciudad.
¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a las transferencias monetarias de Ingreso Mínimo Garantizado?  
Los hogares beneficiarios de Sisbén A se mantienen y, en su mayoría, recibirán más beneficios.
 
• Incluimos transferencias monetarias condicionadas referidas a formación, acompañamiento sicosocial y empleabilidad para jóvenes, y a educación y nutrición para hogares con niños, niñas y adolescentes.
 
• Los jóvenes que ingresen a la ruta de inclusión social y productiva recibirán transferencias monetarias condicionadas a través de IMG.
 
• Los hogares de Sisbén A y B que tengan niños, niñas y adolescentes también recibirán una transferencia condicionada a nutrición y educación (esta transferencia será no condicionada en 2024 y condicionada en 2025)
 
• Los hogares de Sisbén B dejarán de recibir la transferencia no condicionada que venían recibiendo en IMG. Algunos hogares salen y otros continúan en IMG con diferentes beneficios en caso de tener personas con discapacidad, personas mayores, jóvenes que ingresen a la ruta de inclusión social y productiva o niños, niñas y adolescentes.
 
• Ingresan nuevos beneficiarios de Sisbén C de manera diferencial por grupo poblacional: personas con discapacidad, personas mayores y jóvenes.
 
• Las personas con discapacidad que venían siendo atendidos en el programa de Bono Canjeable por Alimentos y escogieron transferencia monetaria ahora hacen parte de IMG. Las personas del listado de espera que estén en los grupos de Sisbén A, B, C1-C9, ingresarán si escogen transferencia monetaria.
 
• Las personas mayores que venían siendo atendidas por el programa de Apoyos Económicos ahora harán parte de IMG. Y aquellas personas mayores de Sisbén B que venían siendo atendidos por IMG, se vincularán al servicio de Apoyos Económicos y recibirán ese beneficio.
 
Para más información, ingresa al siguiente enlace: https://bit.ly/3Pb46oW
 
¿En dónde puedo solicitar la encuesta Sisbén o realizar el trámite de revisión y/o actualización?
Si su hogar aún no tiene Sisbén IV, podrá solicitar la
encuesta a través de los siguientes canales:
•Virtual: página web de la Secretaría Distrital de
Planeación www.sdp.gov.co – botón Sisbén o en el
enlace directo: https://sisbensol.sdp.gov.co/
•Presencial: puntos de atención de la RedCADE. Más
información aquí:
https://www.sdp.gov.co/gestion-estudios-estrategicos
/Sisbén/canales-atencion
El trámite lo debe realizar una persona mayor de edad,
preferiblemente el o la jefe de hogar, aportando los
documentos de identidad de todos los integrantes del
hogar, un recibo de servicio público del lugar donde
reside actualmente, número de contacto y correo
electrónico.
Los hogares, que ya fueron encuestados con el Sisbén
IV, pueden realizar el trámite de revisión y/o
actualización de cualquiera de los datos recogidos en
la encuesta en cualquiera de los puntos de atención de
la RedCADE.
¿De cuánto es el apoyo económico que recibiré del Ingreso Mínimo Garantizado? ¿Es igual para todos los hogares beneficiados?  
El hogar beneficiario de Sisbén A recibe entre
$122.000 y $905.000 por concepto de transferencia
monetaria no condicionada
• Las personas con discapacidad en los grupos de Sisbén
A, B, C1-C9 reciben $190.000
• Las personas mayores actualmente beneficiarios de
Apoyos Económicos y las personas mayores que
venían siendo beneficiarios de IMG en Sisbén B
reciben $150.000
• Los jóvenes que este año se vinculen al piloto de la
ruta intersectorial de inclusión social y productiva
recibirán entre $200.000 y $400.000 por joven, por
transferencia; hasta 3 transferencias este año.
 
¿En dónde puedo consultar si soy beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado, en qué meses mi hogar recibió los pagos, a cuál integrante de mi familia le fueron enviados y a través de qué entidad financiera?
Para conocer la información detallada de su caso lo invitamos a que se acerque a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde le podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrá consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haga la solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puede radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
•Redes sociales:
Twitter: @integracionbta
Facebook: @integracionsocialbogota Instagram: @integracionsocialbogota TikTok:
@integracionsocialbta YouTube: @SecretariaSocialBogota
LinkedIn: Secretaría Distrital de Integración Social
•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 ¿Las transferencias monetarias son retroactivas, es decir, me enviarán las ayudas económicas que no he recibido en los pagos anteriores?  
En el nuevo IMG la retroactividad dependerá de las
características de los pagos de cada uno de los
componentes de la estrategia y no de manera
global. Para cada componente, las características
de retroactividad se definirán de manera
independiente.
 ¿Si no he retirado las transferencias, las pierdo?  
No las pierde. Las transferencias monetarias que no hayan sido retiradas por el titular quedan
disponibles en la entidad financiera donde tiene su cuenta activa Davivienda (DaviPlata) y
Bancolombia Nequi), MOVii o Banco de Occidente (dale!).
Para el caso de las transferencias que generen rechazo por parte de la entidad financiera (porque la
cuenta del beneficiario no permite que se realice el pago) o en el caso de los giros que, por excepción,
se realizan por Efecty, MOVii – Ventanilla y dale!-Corresponsales y que no fueron cobradas dentro de
los 30 días siguientes a la fecha en la que se realizó el depósito, los recursos no pagados retornan a la
Secretaría Distrital de Hacienda y el ciudadano no los recuperará.
 ¿Dónde puedo realizar la actualización de mis datos financieros o reportar una novedad?  
Si necesita realizar una actualización de datos (entidad financiera) o
reportar alguna novedad (retiro de la estrategia o reporte de fallecimiento
de alguno de los integrantes del hogar), lo invitamos a crear su petición
ingresando al siguiente enlace del portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/crear-peticion.
Para hacer seguimiento a su solicitud, ingrese a:
https://bogota.gov.co/sdqs/consultar-peticion.
Para hacer uso de este canal, realice su registro y escriba los caracteres de
verificación. Podrá realizar el seguimiento de la respuesta, a través del
botón “Estado del Trámite”, solo debe digitar el número de radicado inicial y
los caracteres de seguridad.
 ¿Quiero saber por qué no me volvieron a consignar la ayuda económica?  
Porque NO cumplen uno o más de los siguientes requisitos definidos:
1.Estar registrado(a) en el Sisbén de Bogotá. Puede realizar su consulta aquí:
https://portal.Sisbén.gov.co/Paginas/consulta-tu-grupo.html.
2.Estar en un hogar conformado por uno o varios componentes poblacionales de la tabla
del numeral 3.
3. Estar clasificado en los grupos A, B y C del Sisbén IV. Y en el grupo C dependerá del
componente poblacional como lo indica la tabla del numeral 3.
4.No recibir apoyo de programas de transferencias del Gobierno Nacional, como Renta
Joven, Colombia Mayor o Renta Ciudadana.
5.Tener una cuenta activa con las entidades financieras que tienen convenio con la
Secretaría Distrital de Hacienda: ¡DaviPlata, Nequi, MOVii o dale!.
*Aunque no es obligatorio estar bancarizado, se sugiere a todos los beneficiarios
contar con al menos una de estas aplicaciones móviles para garantizar el envío de
los pagos.
Adicionalmente, el Distrito reitera que el hogar puede recibir más de una transferencia en
el mes y con diferentes titulares de pago, dependiendo del componente poblacional del
que es beneficiario uno o varios miembros del hogar. Igualmente, se aclara que los
hogares que son beneficiarios de programas de transferencias del Gobierno Nacional,
como Familias en Acción, Renta Joven, Colombia Mayor o Renta Ciudadana, no recibirán
pagos adicionales de Ingreso Mínimo Garantizado, para lograr una mejor equidad y
distribución de los recursos.
  ¿Para qué me piden esos datos?  Para verificar tu elegibilidad, garantizar el envío correcto de las transferencias y actualizar tu información en la Base Maestra IMG.
 ¿Cuál es la fecha de pago para este ciclo?  Debes consultar directamente mediante los canales oficiales. Las fechas se realizan de manera escalonada mes a mes.
  ¿Cómo así que no recibo por Renta Ciudadana?  Renta Ciudadana es un programa de Prosperidad Social. Te recomendamos validar la recepción de esas transferencias con esa entidad.
 ¿Cómo así que no recibo por Renta Ciudadana?  Renta Ciudadana es un programa de Prosperidad Social. Te recomendamos validar la recepción de esas transferencias con esa entidad.
 ¿Cómo puedo hacer para ser beneficiario del programa? / ¿Cómo me inscribo en el IMG?  
Debes cumplir con los criterios de focalización de acuerdo con cada componente. Para actualizar tus datos, acércate a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
o hazla solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puede radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
 Yo tengo Sisbén en Bogotá en el grupo LA PERSONA INDICA UN GRUPO QUE CUMPLE (A1- A5, B1 A B7), pero no he recibido nunca la ayuda.  
Para conocer la información detallada de tu caso te invitamos a que te acerques a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haga la solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puedes radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
•Redes sociales:
Twitter: @integracionbta
Facebook: @integracionsocialbogota Instagram: @integracionsocialbogota TikTok:
@integracionsocialbta YouTube: @SecretariaSocialBogota
LinkedIn: Secretaría Distrital de Integración Social
•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 ¿Entonces, cuándo voy a entrar en el programa?  
Para conocer la información detallada de tu caso te invitamos a que te acerques a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haga la solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puedes radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
•Redes sociales:
Twitter: @integracionbta
Facebook: @integracionsocialbogota Instagram: @integracionsocialbogota TikTok:
@integracionsocialbta YouTube: @SecretariaSocialBogota
LinkedIn: Secretaría Distrital de Integración Social
•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 Yo tengo puntaje de Sisbén INDICA EL NÚMERO (SISBÉN III). / Yo no tengo encuesta de Sisbén  
Si tu hogar aún no tiene Sisbén IV, podrás solicitar la
encuesta a través de los siguientes canales:
•Virtual: página web de la Secretaría Distrital de
Planeación www.sdp.gov.co – botón Sisbén o en el
enlace directo: https://sisbensol.sdp.gov.co/
•Presencial: puntos de atención de la RedCADE. Más
información aquí:
https://www.sdp.gov.co/gestion-estudios-estrategicos
/Sisbén/canales-atencion
El trámite lo debe realizar una persona mayor de edad,
preferiblemente el o la jefe de hogar, aportando los
documentos de identidad de todos los integrantes del
hogar, un recibo de servicio público del lugar donde
reside actualmente, número de contacto y correo
electrónico.
Los hogares, que ya fueron encuestados con el Sisbén
IV, pueden realizar el trámite de revisión y/o
actualización de cualquiera de los datos recogidos en
la encuesta en cualquiera de los puntos de atención de
la RedCADE.
 ¿Si X Miembro de mi hogar recibe, yo también puedo recibir?  
Las transferencias de personas mayores se entregan directamente a
la persona beneficiaria; las transferencias para personas con
discapacidad se entregan a la persona, salvo que requiera apoyos por
parte de un cuidador o cuidadora; las transferencias de jóvenes las
recibe directamente la persona salvo cuando sea menor de edad y en
ese caso lo recibiría quien corresponda a su tutor.
Por su parte, las transferencias por hogar como la transferencia no
condicionada a Sisbén A, junto con las de Primera Infancia y Educación. la recibe un titular del hogar.
 ¿Por qué mi vecina recibe X monto y yo recibo menos?  
Para conocer la información detallada de tu caso te invitamos a que te acerques a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haga la solicitud a través de los siguientes canales:
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https://bogota.gov.co/sdqs/
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•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 [Cuando el ciudadano quiere saber más información o se le debe ampliar una explicación sobre esta estrategia]  
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 ¿Por qué ya no he vuelto a recibir?  
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requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
O haga la solicitud a través de los siguientes canales:
Requerimientos: puedes radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
•Redes sociales:
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Facebook: @integracionsocialbogota Instagram: @integracionsocialbogota TikTok:
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LinkedIn: Secretaría Distrital de Integración Social
•Línea telefónica: (601) 3808330, opción 6
 ¿Y cómo puedo bajar mi puntaje de Sisbén?  
Podrás solicitar la
encuesta a través de los siguientes canales:
•Virtual: página web de la Secretaría Distrital de
Planeación www.sdp.gov.co – botón Sisbén o en el
enlace directo: https://sisbensol.sdp.gov.co/
•Presencial: puntos de atención de la RedCADE. Más
información aquí:
https://www.sdp.gov.co/gestion-estudios-estrategicos
/Sisbén/canales-atencion
El trámite lo debe realizar una persona mayor de edad,
preferiblemente el o la jefe de hogar, aportando los
documentos de identidad de todos los integrantes del
hogar, un recibo de servicio público del lugar donde
reside actualmente, número de contacto y correo
electrónico.
Los hogares, que ya fueron encuestados con el Sisbén
IV, pueden realizar el trámite de revisión y/o
actualización de cualquiera de los datos recogidos en
la encuesta en cualquiera de los puntos de atención de
la RedCADE.
 ¿Por qué me bajaron el monto de la transferencia?  
Para conocer la información detallada de tu caso te invitamos a que te acerques a
cualquiera de las 16 subdirecciones locales de la Secretaría Distrital de Integración
Social en donde te podrán asesorar sobre los aspectos generales de la estrategia, sus
requisitos, las entidades financieras a través de las cuales se realizan los pagos y las
fechas de pago. La ubicación de las subdirecciones la podrás consultar en:
https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/atencion-ciudadana/puntos-atencion
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Requerimientos: puedes radicar sus peticiones en el portal Bogotá te escucha:
https://bogota.gov.co/sdqs/
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 ¿Si recibo de otros programas puedo recibir también IMG?  
Los hogares que son beneficiarios de programas de transferencias del Gobierno Nacional,
como Familias en Acción, Renta Joven, Colombia Mayor o Renta Ciudadana, no recibirán
pagos adicionales de Ingreso Mínimo Garantizado, para lograr una mejor equidad y
distribución de los recursos.
 ¿Dónde puedo recibir el dinero?  A través de billeteras digitales como DaviPlata, Nequi, MOVii o Dale. En caso de no contar con ninguna de ellas, el pago se realizará por medio de Efecty.
 ¿Los que están recibiendo Renta Ciudadana o dejaron de recibir, pasarán a ser beneficiarios de IMG?  
Los hogares que son beneficiarios de programas de transferencias del Gobierno Nacional,
como Familias en Acción, Renta Joven, Colombia Mayor o Renta Ciudadana, no recibirán
pagos adicionales de Ingreso Mínimo Garantizado, para lograr una mejor equidad y
distribución de los recursos.

 

 

 

A continuación encontrará el Portafolio de Servicios de la Secretaria de Integración Social y la Guía de Trámites y Servicios.  

Subdirección para la adultez

 

Trámites

 

Nota: el sitio web de la sede electrónica es responsabilidad de la SECRETARÍA GENERAL. Cualquier solicitud deberá ser dirigida a "Secretaría Distrital de Integración Social". Al hacer click en el botón "Guía de trámites y servicios", usted ingresará a un sitio externo a la sede electrónica de la Secretaría Distrital de Integración Social, para dirigirse a la página Bogotá.gov.co. A partir de ese momento es responsabilidad de Bogotá.gov.co el cumplimiento de las normas que regulan su relación. Cualquier solicitud asociada a dichos servicios deberá ser dirigida a Bogotá.gov.co

 

Servicio Integral de Atención a la Ciudadanía 
Trámites y Servicios
Si quieres conocer los trámites, servicios, PQRSD (Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias) u otros procedimientos administrativos (OPA) de la Secretaría Distrital de Integración Social, tienes varias opciones:

• Consultar la Guía de trámites y servicios de Bogotá.
• Ingresar al Portafolio de trámites de la Secretaría Distrital de Integración Social.
• Revisar la lista de trámites y servicios



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 A continuación encontrará el Portafolio de Servicios de la Secretaria de Integración Social y la Guía de Trámites y Servicios.


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Consulte aquí la guía de trámites y servicios, el SUIT y canales de atención
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Cuidado transitorio día - noche
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Orientación psicosocial para personas LGBTI y sus familias
Cupos en jardines infantiles para niñas y niños en Bogotá

 Nota: el sitio web de la sede electrónica es responsabilidad de la SECRETARÍA GENERAL. Cualquier solicitud deberá ser dirigida a "Secretaría Distrital de Integración Social". Al hacer click en el botón "Guía de trámites y servicios", usted ingresará a un sitio externo a la sede electrónica de la Secretaría Distrital de Integración Social, para dirigirse a la página Bogotá.gov.co. A partir de ese momento es responsabilidad de Bogotá.gov.co el cumplimiento de las normas que regulan su relación. Cualquier solicitud asociada a dichos servicios deberá ser dirigida a Bogotá.gov.co.

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